Reprimir y disciplinar: cuando el Estado ejerce violencia pública política contra las mujeres
El Estado provincial de San Juan ejerció violencia pública política contra las mujeres. Así lo dice una sentencia judicial de diciembre pasado y es la primera de estas características en el país. La resolución es parte –no el cierre aún- de un caso de criminalización desde los poderes Ejecutivo y Judicial sanjuaninos hacia activistas feministas y de los derechos humanos, luego de la marcha del 8 de marzo de 2022.
A lo largo de más de dos años este caso, que ha merecido la atención de organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, ha recorrido dos trayectos: por un lado, una causa penal en la que cuatro activistas fueron criminalizadas y en la que una de ellas todavía está imputada. Por otro lado, una denuncia por violencia pública política iniciada por estas mujeres y una veintena más contra un Estado que violentó procesos y pruebas, usó todo el poder de que dispone y sumó el de medios de comunicación para disciplinar la protesta. En el medio, las militancias, los cuerpos, las vidas, los recursos de las mujeres criminalizadas y de las organizaciones que integran.
Marcha y denuncia
En San Juan, la marcha del 8M de 2022 reunió a alrededor de 25.000 personas. Fue, sino la más numerosa, una de las más grandes que se recuerde. La asamblea Ni Unx Menos San Juan la encabezó. Se sumaron organizaciones sociales, académicas, políticas y sindicales. El recorrido es todos los años prácticamente el mismo; se acuerda previamente y se comunica. En algún momento las columnas ocupan todo el ancho de la principalísima Avenida Libertador San Martín, para desembocar frente a la Legislatura provincial. En el trayecto hay edificios de organismos y empresas que –informada del recorrido- el área de Seguridad de la provincia custodia con personal policial. Ese año no fue el caso del edificio de la Escuela Normal Superior Sarmiento, monumento histórico; la construcción ofrece sobre la avenida Libertador un extenso muro de una cuadra que desde hace décadas es pizarra pública de activismos políticos, deportivos, feministas, sindicales; de declaraciones de amor y odio, de ideas, de luchas antimineras, de frases célebres y no tanto. Algunas de las participantes de la marcha del 8M 2022 sumaron esa tarde nuevas consignas.
Dos días después de la marcha el Director de Patrimonio Cultural de la provincia, arquitecto Jorge Martín, formuló una denuncia penal “por el delito de Daño Agravado contra quienes resulten responsables de las pintadas”. La prensa local, que ya había hablado –sin citar fuentes- de la “indignación” de la comunidad escolar, dio amplia difusión a la denuncia e hizo públicos todos sus términos, aún antes de que fuera presentada. Los comentarios odiosos y estigmatizantes contra los feminismos se multiplicaron. Semanas después, el Fiscal de Estado se presentó ante el Segundo Juzgado de Instrucción Penal y constituyó a la Provincia de San Juan en parte querellante.
Caza de brujas
La denuncia dice que “se ha atentado contra un Monumento Histórico Nacional y Provincial estampando escrituras de contenido sexista, feminista, con frases apologéticas del delito de homicidio, y alegóricas a la pretensa lucha contra la figura masculina que enarbola cierto grupo social tal y como se aprecia en las publicaciones de los matutinos que son de público y notorio conocimiento”. No hay en el escrito ninguna descripción sobre el daño material ocasionado específicamente en esta oportunidad, aunque es claro que las pintadas que denuncian el funcionario y el Estado provincial son solo las de contenido feminista.
La jueza a cargo del Segundo Juzgado de Instrucción Penal de San Juan, Mabel Moya, con la colaboración de diversos y específicos organismos policiales, inició a través de la fiscalía correspondiente, una investigación. Las cámaras de seguridad del Estado provincial habían registrado distintos momentos de la marcha, pero los investigadores no lograron determinar la identidad de quienes pintaron. Entonces desde el Poder Judicial solicitaron a la Policía que la División Análisis y Apoyo Tecnológico, “a través de redes sociales tales como instagram, facebook y similares, identifique a las personas que se encuentran en los registros fílmicos obrantes en la causa”. El trabajo realizado no tiene nada que envidiar al que se hacía en plena dictadura militar, con la ventaja actual que ofrecen las tecnologías digitales. Las participantes de la marcha que los investigadores habían señalado con un círculo en las fotos capturadas de los videos de seguridad como“cabecillas” fueron buscadas e investigadas en publicaciones y redes de las organizaciones a las que pertenecen. Las acciones de “inteligencia” fueron más allá y escarbaron sus vidas privadas, su actividad social e incluso su producción académica.
Imágenes del expediente de la causa penal contra las defensoras de los derechos de mujeres y diversidades. El solo hecho de haber asistido a la marcha expuso a miles de mujeres a ser señaladas e imputadas. Los criterios para “marcar” a la “aparente cabecilla” nunca fueron explicitados.
“Inteligencia” para criminalizar
El hallazgo de publicaciones que mostraban la militancia feminista de las mujeres fotografiadas fue motivo suficiente para considerarlas posibles autoras de los grafitis descriptos como “escrituras feministas”. Así de simple. Un claro ejemplo es el de una integrante de la organización Las Hilarias, docente e investigadora en Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de San Juan, que fue señalada como sospechosa por el contenido de sus investigaciones y de los artículos académicos publicados, relacionados a estudios sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo en San Juan.
A partir de esta información, aunque sin expresar motivos, la jueza a cargo del Segundo Juzgado de Instrucción Penal citó a indagatoria y luego procesó a cuatro participantes de la marcha del 8 M 2022 en San Juan. Pertenecen a las organizaciones Ni Unx Menos y Las Hilarias,
Socorristas en Red.
Para Virginia Cantoni, una de las cuatro procesadas, “es interesante analizar contra quiénes armaron esta causa. No pertenecemos a organizaciones que respondan a partidos políticos, pero sí somos organizaciones convocantes dentro de los feminismos sanjuaninos, no solo para la presencia en las calles, también para todo tipo de acompañamiento ante violencias de género”.
No obstante la arbitrariedad en la citación, las cuatro se presentaron puntualmente a la indagatoria penal y solicitaron su sobreseimiento. Nueve largos meses tardó la jueza penal para dar respuesta.
Tejer redes, acompañarse
“Dedicamos ese tiempo a acompañarnos en un abrazo colectivo, a organizarnos y tejer redes”, dice Alejandra –Jani- Godoy, otra de las activistas indagadas. En ese abrazo Jani destaca el valor del apoyo de “las putas, las travas, las que saben lo que es estar criminalizadas”.
El abrazo fue necesario. No fueron tiempos fáciles. La mayoría de los medios privados de comunicación de la provincia dieron nombres e informaron sobre las actividades académicas y laborales, estigmatizaron y, de alguna manera, “escracharon” a las activistas indagadas con los más diversos calificativos. Para hacerlo contaron con la relación siempre fructífera pero nunca transparente con fuentes policiales y judiciales.
“Nos posicionaron en un lugar de enemigas públicas, en el que por ejemplo yo tuve y sigo teniendo problemas para conseguir un trabajo estable”, agrega Virginia. Ella es también la que señala el impacto que tuvo sobre sus vidas y sobre su militancia tener que ocuparse de este tema, desde buscar abogados, debatir estrategias de defensa hasta recaudar fondos para afrontar el proceso.
El apoyo de organizaciones tan importantes como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que participó activamente, a través de destacados representantes, en un conversatorio sobre criminalización de la protesta, fueron herramientas fundamentales para sostener el debate. A la CIDH se sumaron el Consejo Provincial de Protección de la Mujer; la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, a nivel nacional y local; el Consejo Superior de la Universidad Nacional de San Juan; diputados nacionales y provinciales; organizaciones gremiales, colegios profesionales y personalidades de distintos ámbitos que exhortaron a la provincia de San Juan a cesar en la criminalización de la protesta social feminista y transfeminista.
Un proceso penal todavía sin cierre
De las cuatro indagadas, tres fueron sobreseídas y una quedó procesada. Los sobreseimientos están fundados en algo que el juzgado ya sabía desde un comienzo: las personas a las que criminalizó no pintaron las paredes del edifico escolar y su militancia feminista no era razón para acusarlas.
Una de las activistas indagadas quedó procesada. Es Yanina Opaso, quien apeló su procesamiento ante la Cámara Penal. Tres organizaciones con trascendencia nacional e internacional la acompañaron como Amicus Curiae: Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y Xumek, Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos.La Cámara anuló el procesamiento y apartó del caso a la jueza de instrucción. Entre otras cosas, los camaristas dicen que “…en ningún momento se relata el hecho atribuido a la imputada”. De paso le recuerdan a la jueza separada: “Sabido es que los jueces deben fundar sus resoluciones”.
Yanina Opaso pintó con aerosol verde la inscripción “Desampa antifa” en la parte baja de la muy pintada pared de la Escuela Normal Sarmiento. Son dos grafitis que hacen referencia a “Desamparados Antifascista”, una organización social deportiva que promueve la diversidad y la inclusión en el club de futbol sanjuanino “Sportivo Desamparados”. Está acusada de “daño agravado” a un edificio que es monumento histórico, un delito que tiene una pena de hasta cuatro años de prisión. Su pintada ocupa el 0.00001 por ciento del extenso y muy escrito muro norte del edificio escolar y está realizada en la parte baja de una pared que periódicamente es cubierta con pintura beige.
Desde agosto de 2023 otro juzgado, cuyo titular es el Juez Guillermo Adárvez, tiene a cargo la causa. Hasta hoy no se ha expedido. “No solo queda Yanina Opaso, quedamos todas; pero no solo todas nosotras, toda una sociedad queda sometida a este poder que criminaliza la protesta social”, dice Jani Godoy.
Hasta aquí el trayecto penal, todavía con final incierto.
Violencia que impide la vida política
Desde 2009, la Ley nacional 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales define la violencia contra las mujeres, y establece cuáles son sus tipos, entre los que se encuentra la violencia política. Luego de algunas modificaciones que fueron enriqueciendo el texto legal, el artículo 6° define las modalidades, en tanto formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia contra las mujeres en los diferentes ámbitos. Entre estas, la violencia pública-política contra las mujeres es “aquella que, fundada en razones de género, mediando intimidación, hostigamiento, deshonra, descrédito, persecución, acoso y/o amenazas, impida o limite el desarrollo propio de la vida política o el acceso a derechos y deberes políticos, atentando contra la normativa vigente en materia de representación política de las mujeres, y/o desalentando o menoscabando el ejercicio político o la actividad política de las mujeres, pudiendo ocurrir en cualquier espacio de la vida pública y política, tales como instituciones estatales, recintos de votación, partidos políticos, organizaciones sociales, asociaciones sindicales, medios de comunicación, entre otros”.
En agosto de 2022, las personas ilegalmente indagadas en la causa que venimos relatando, junto a una veintena de activistas feministas y transfeministas, presentaron una denuncia por violencia pública política por razones de género contra la provincia de San Juan – el Estado y sus agentes- por usar “indebidamente el derecho penal sin fundamento y con el objeto de criminalizar la labor de defensoras de los derechos humanos y deslegitimar las causas que persiguen”.
Entre los numerosos argumentos, las ahora denunciantes señalaron que las cuatro indagadas fueron identificadas y citadas solo por su relación personal o profesional con el feminismo y sus reclamos, lo cual es evidente cuando lo que tiene centralidad en la denuncia es lo que dicen algunas pintadas, su contenido, más que el deterioro que los responsables del monumento no pueden describir. Esto, por el estado en que estaba la pared desde hace mucho tiempo, ya toda cubierta de inscripciones y pegatinas que no se sabe quiénes ni cuándo ocasionaron y que no motivaron antes ninguna preocupación ni denuncia.
“Entendimos –explica Conrado Suárez Jofré, abogado de las denunciantes, junto a María Alejandra Rojo Sanz – que lo que le pasaba a ese ofendido Estado provincial era que le resultaba muy difícil perseguir lo que realmente era el motivo de agravio, que era el discurso, lo que se decía. El Estado provincial evidentemente no pudo decir que iba a perseguir a estas mujeres porque estaban diciendo cosas que a mucha gente no le gustan y que lo cuestionaban ferozmente o estaban poniendo en la escena una realidad incómoda”.
Es desde ese punto de vista que la presentación hace hincapié en el ejercicio del derecho a la protesta pública y su relación con el ejercicio amplio de la libertad de expresión, tal como lo establece la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y es entonces cuando hablan de desproporción: “A la luz de este parámetro general se vuelve por demás dificultoso llegar a entender bajo qué criterio particular se destinan recursos jurisdiccionales a perseguir penalmente a quienes en el contexto de una protesta pública y frente a una alarmante situación de vulnerabilidad de un sector social escribió una leyenda atinente a ese reclamo en una pared tradicionalmente usada para toda suerte de inscripciones”.
Para las denunciantes, el accionar del Estado local también alentó discursos estigmatizantes contra el colectivo feminista y obstaculizó actividades de sus organizaciones como el acompañamiento a víctimas de violencia de género.
Esta denuncia contó con la adhesión, como amicus curiae (amigos del Tribunal) de la asociación civil XUMEX -Asociación para la promoción y protección de los Derechos Humanos; y del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). También manifestaron su adhesión conocidos juristas como la doctora María Inés Tula; los doctores Guillermo Ledesma, Matías Ledesma y Eial Rosenzvit; la Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH) y el secretario general de la Asociación de Docentes e Investigadores y Creadores Universitarios Sanjuaninos (ADICUS), además de decenas de particulares de San Juan y otras provincias.
En su presentación, las denunciantes solicitaron medidas de protección y de prevención para que terminen los actos de violencia y persecución.
Siempre hay una primera vez
En diciembre de 2023 la Jueza Adriana Tettamanti, titular del Juzgado Contencioso Administrativo de San Juan, declaró que la denuncia formulada con motivo de la marcha del 8 de marzo de 2022 por el presunto delito de daño agravado, efectuada por el Director de Patrimonio Cultural dependiente del Ministerio de Turismo y Cultura de la Provincia de San Juan, constituye violencia política en la modalidad violencia pública-política contra las mujeres, en los términos de la Ley 26.485. En su decisión, la magistrada utilizó por primera vez la conceptualización de violencia política en su modalidad de violencia pública política, incorporada en 2019 a la Ley de Protección Integral a las Mujeres.
Esta declaración tiene un solo antecedente, aunque no es exactamente igual. En 2022, en el caso conocido como el de “las Ramonas atrevidas” la Cámara Nacional Electoral dictó una sentencia en la que reconoció la existencia de una situación de violencia política contra siete mujeres afiliadas al radicalismo catamarqueño. Habían sido castigadas con una suspensión de cinco meses en su partido luego de haber impugnado la candidatura a presidente del Comité Capital de un dirigente denunciado por abuso sexual. El caso sanjuanino se diferencia en que la sentencia es contra el Estado provincial y sus agentes, en la modalidad específica de la violencia público política y en que se trata de un caso en el que, además, está gravemente implicado el derecho a la libre expresión –derecho privilegiado-en el marco de una protesta social.
Como afirman en su alegato las cuatro activistas criminalizadas, estas pintadas visibilizaron demandas feministas y transfeministas y también la violencia del poder ante el crecimiento de la participación política de los feminismos y transfeminismos en San Juan. Este caso visibilizó también la violencia de género alentada por el poder mediático, que a pura violencia simbólica estigmatizó y hostigó a mujeres y disidencias y animó discursos de odio.
La sentencia de la jueza sanjuanina evidencia que, a pesar de que las paredes donde se estamparon las pintadas del 8M de 2022 tienen capas y capas de grafitis, pintura beige que los tapa y más grafitis, jamás una repartición pública local había intervenido respecto del cuidado de los muros de la Escuela Normal Sarmiento de San Juan, ni siquiera cuando se afectó la fachada del monumento para colocar aparados de aire acondicionado. Es decir que no se la protegió antes de la marcha –de lo contrario no luciría como luce- ni se la protegió durante la marcha. Tampoco se la restauró después. La jueza dice, entonces, que la denuncia se hizo “sin acreditar en lo más mínimo el daño patrimonial invocado”. La jueza Tettamanti también hace notar que nunca antes (en toda su historia) la Provincia se había constituido en querellante para investigar penalmente quién estampó tal o cual grafiti.
Sobre las investigaciones en torno de los “perfiles” de las mujeres procesadas, afirma que “constituye un comportamiento estatal contrario al mandato legal establecido para tutelar la actividad política de las mujeres, libre de todo tipo de violencia”. De esa manera, la sentencia muestra conocimiento y cita el amplio marco internacional en derechos humanos, en documentos firmados por la Argentina en los que este país se compromete a prevenir, sancionar y erradicar la violencia y discriminación contra las mujeres. La jueza no se limita a aplicar la perspectiva de género, también reflexiona sobre la necesidad de que el Poder Judicial lo haga. Dice la sentencia que la perspectiva de género resulta “un mandato ineludible para los operadores estatales, que se define como categoría analítica que debe orientar las políticas públicas y en las decisiones judiciales”.
“Esas mujeres –afirma la jueza-, profesionales, docentes universitarias, investigadoras, manifestaron la profunda afectación a sus derechos personalísimos, su vida en relación y laboral, y el temor latente de participar en actividades públicas políticas ante el riesgo de ser descalificadas, deshonradas y hostigadas por el ejercicio de su libertad de expresión y defensa de los derechos a través de las organizaciones sociales en las que participan”.
Finalmente, con relación a la intervención de la Fiscalía de Estado como parte querellante en la causa penal, “aparece cuanto menos desproporcionada”, dice Tettamanti. Agrega: “Fue claramente una decisión de política institucional que puso en marcha el aparato estatal para reprimir y, en todo caso, procurar un resultado aleccionador y disciplinador para quienes estuvieron sometidas a investigación e imputación penal que se proyecta con efectos expansivos a todas las integrantes de las organizaciones y movimientos feministas, desalentando su actividad pública política”. No obstante, la magistrada dice no tener “potestades para impedir que continúe interviniendo como parte querellante”, aunque recuerda que, si quiere, ese organismo puede renunciar a mantenerse en ese rol en la causa penal. La jueza no ordenó medidas protectoras, ni preventivas, tampoco medidas de fortalecimiento de la participación política o el cese en la violencia.
“Este caso significó un antes y un después para nosotras –dice Yanina Opaso- por cómo nos afectó esa exposición en nuestra cotidianeidad y también en lo que nos potenció”. Jani Godoy coincide: “aprendimos herramientas que no teníamos, nos fortalecimos”.
Las denunciantes, por su parte, reconocieron “la enorme valentía” de la jueza Adriana Tettamanti. La Provincia apeló.
Qué esperar
Al cierre de esta publicación, dos organismos del Poder Judicial de San Juan tienen la palabra: la Cámara de Apelaciones del foro Contencioso Administrativo, a la que recurrió el Estado provincial ante la sentencia por violencia pública política. Paralelamente, el Tercer Juzgado Penal, que tiene en sus manos la situación de la única activista que quedó imputada. Es prácticamente imposible pensar separadamente ambas instancias, como lo expresa el defensor Conrado Suárez Jofré: “Lo más importante en este momento es que se dicte el sobreseimiento de Yanina Opaso en el cargo de daño agravado”. Agregó: “Aspiramos a que la sentencia de la Jueza Tettamanti – que es importante en su faz declarativa- impacte en algo que opera en el principio de coherencia del ordenamiento jurídico: no sería coherente que teniendo una sentencia que diga que acá hay violencia en su modalidad público política, un tribunal entienda que hay motivos para procesar a alguien en relación a eso”.
La jueza Tettamanti no tiene una mirada distinta: “Como integrante del Poder Judicial aspiro a que esa sentencia sea confirmada por la Cámara de Apelaciones. Estoy absolutamente convencida que esa sería la expresión más elevada y sensible del sentido de la justicia”, afirmó. Consultada sobre por qué no ordenó medidas y su resolución se limitó a lo declarativo, explicó que “la jurisdicción tiene límites. Lo que se declara tiene una fuerza simbólica que va mucho más allá de -si estuviera dentro de mis atribuciones- requerir al Fiscal de Estado que se retire como parte querellante de la causa penal. La sentencia hace lo que está dentro de los límites de mis atribuciones, no puedo ir más allá porque podría incursionar en una sentencia arbitraria”. Coincide, de todas formas, con otros letrados en que una disculpa pública de parte del Estado sería una medida en parte reparadora.Para quienes fueron denunciadas, hostigadas, estigmatizadas, perseguidas, las expectativas no terminan en esas dos resoluciones judiciales y de alguna manera tampoco en la difícil posibilidad de una disculpa estatal. Al respecto, la preocupación que expresan está en el futuro, no solo en lo que ellas pasaron. “La OEA tiene un documento sobre mitigación de daño, es una guía de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que el Estado debería tomar para no caer en lo mismo otra vez”, comenta Jani Godoy. También señalan como un importante aporte, a fin de que además de declarativa y formativa, la sentencia tenga efectos prácticos, el plan de trabajo propuesto por ELA (Equipo Latinoamericano de Justicia y Género) y Cerrando Brechas para combatir la violencia política por razones de género que recomiendan visibilizar y capacitar, consolidar alianzas y promover adecuaciones normativas.
En ese sentido hay desde los movimientos defensores de los derechos de las mujeres y diversidades de San Juan una fuerte demanda en el sentido de que el Estado provincial contribuya efectivamente a combatir la violencia de género, empezando por aquella que el mismo Estado promueve con normativa como “por ejemplo los códigos contravencionales usados para criminalizar a las compañeras trans y trabajadoras sexuales”.
Las ideas que están en las paredes
“Creo que el daño fue haber obligado al gobierno provincial a leer en términos políticos lo que les queríamos decir en las paredes, que es hacia dónde queremos llevar las discusiones”, analiza Yanina Opaso. En su opinión “hablan de pintadas sexistas porque en esas paredes se denuncian violadores y femicidas”. Agrega: “Yo hice una pintada de un movimiento antifascista, de un espacio que se gestó en las tribunas de un club que entiende al fútbol como espacio de construcción de ciudadania, de reconocimiento de la igualdad, y por lo que leemos en la apelación, no lo entendieron todavía”.
“Las ideas no se matan” escribió justamente Domingo Faustino Sarmiento; en ese sentido, el alegato de las denunciantes por violencia de género dice que “sería justo y ejemplar que se reconozca que los muros externos no enrejados de la Escuela Normal Sarmiento son por su centralidad urbana parte de la vida, de la actualidad de la ciudad. Son muros vivos que construyen su historia”, la de las luchas de la comunidad sanjuanina. Sugieren que periódicamente (y siempre antes que colocar pintura común beige) la Provincia y la UNSJ conformen un equipo que documente las pintadas, produzca fotometrías y otros registros “que inscriban estos muros en el espacio de disputa y expresión social al que pertenecen”.
Futuro y más allá
Con tanto pasado en los dos últimos años, el eje sigue estando en el futuro: “Esperamos que nuestras luchas sirvan como antecedente y garantía de las nuevas generaciones”, dice Yanina. “Seguimos en la calle, somos necesarias ahora más que nunca, sobre todo para que algún día otras caminen sin miedo”, agrega Jani, que insiste en que “este es un comienzo y de estos comienzos nos tomamos para seguir luchando. Ahora tenemos una compañera en el sistema penal y eso es lo que nos da fuerza para seguir poniendo el cuerpo cada día. Y si no estamos nosotras, vendrán otras; eso lo sabemos”.
Excelente nota. Gracias a la periodista y a Catalejo por proporcionar información de calidad, plural, rigurosa y respetuosa.